lunes, 28 de febrero de 2011

Preámbulo de la OSE.

Siguiendo las antiguas doctrinas y actualizando todo lo que se ha quedado obsoleto, es menester promulgar y aprobar la presente Ley de la Organización Sindical Española que tiene por fin la completa y entera defensa del trabajador y la salvaguardia del empresario ante los abusos que puedan darse en los distintos conflictos laborales que se den tanto, a nivel nacional o regional como, provincial o local.

El Sindicato es el instrumento creado para defender unas razonables reivindicaciones frente a injusticias sociales. Garante, por ende, de la consecución de la Justicia Social. Oponiéndose a la enemistad entre asalariados y propietarios. Una de las características principales que deberá asumir con entera disposición es la garantizar esa Justicia Social a través de la coherencia y el sentido común. Evitando así que se concurra a medios o fines no prescritos en esta ley sancionada por el pueblo español.

Asimismo el Organización Sindical se constituye en la institución estatal que elimine una de las deficiencias más importantes de los últimos tiempos: El desempleo. 

Dentro de su organización se incluirá el Instituto de Empleo Ibérico (INEI), donde se controlará la bolsa de trabajo y se ocupará a todos los desempleados que pudieran surgir, dándoles trabajo dentro de la oferta que haya a nivel Nacional.

También gestionará los sueldos a desempleados que hayan cotizado a la Seguridad Social por tiempo mínimo de un año. Y se asegurará que dejen de percibir la ayuda que pudiera corresponderle a todo aquel que rechazara dos ofertas de empleo en el mismo año. Vigilará que las ofertas de empleo que se generen sean adecuadas tanto al perfil del demandante como para su subsistencia, paralizando los posibles rechazos que pudieran darse. 

El INEI conocerá de la demanda de trabajo por parte de extranjeros que, tendrán en cuenta, cuando no haya desempleados españoles/as que pudieran cubrirla. Por ello, El Instituto Cervantes, asumiendo una de sus funciones, elaborará una lista con las demandas extranjeras que remitirá al INEI mensualmente.

El Estado garantizará que la Organización Sindical Española posea delegaciones por todo el territorio Nacional proporcionando cercanía a los afiliados a la organización. Todas las cuotas que se reciban anualmente por parte del afiliado constituirán un fondo que garantice la ayuda al desempleado y las jubilaciones de los ciudadanos cotizantes. 

Además, todo aquel afiliado que no tenga empleo se verá eximido de pagar su cuota de afiliado por tiempo indefinido hasta que hallare un trabajo.

Con todo esto, y en cumplimiento de lo expuesto, el Estado aprueba y los ciudadanos ratifican la siguiente ley;




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.